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Multa y advertencia al señor Ariel Holan y al Club Universidad Católica

catolica

La Juez Única de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE

1º. IMPONER al señor ARIEL HOLAN una multa de USD 50.000 (CINCUENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) en virtud del Anexo I del Código Disciplinario de la CONMEBOL a la cual se le aplica una reducción del 30% de acuerdo con lo dispuesto en la Circular DCC 068/2020 de la Dirección de Competiciones de CONMEBOL. De esta forma, el importe final asciende a USD 35.000 (TREINTA Y CINCO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES), el cual será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB UNIVERSIDAD CATÓLICA en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

2º. IMPONER al CLUB UNIVERSIDAD CATÓLICA una multa de USD 15.000 (QUINCE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES), a la cual se le aplica una reducción del 30% de acuerdo con lo dispuesto en la Circular DCC 068/2020 de la Dirección de Competiciones de CONMEBOL. De esta forma, el importe final asciende a USD 10.500 (DIEZ MIL QUINIENTOS DÓLARES ESTADOUNIDENSES), el cual será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB UNIVERSIDAD CATÓLICA de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º ADVERTIR expresamente al CLUB UNIVERSIDAD CATÓLICA que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias

que del mismo se pudieran derivar.

4º. NOTIFICAR, al CLUB UNIVERSIDAD CATÓLICA.
Contra el punto primero de esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7 (siete) días corridos desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 67.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

Amarilis Belisario
Vicepresidente
Comisión Disciplinaria

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